- FondsAMRE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Sous-fonds02 - Ministerio de Relaciones Exteriores
- SérieG.1 - LIMITES
- Sous-série6 - Misiones Especiales
- Dossier2.1 - 1563-1578. De Partes y Oficios. Fray Enrique Vacas Galindo de la Orden de Predicadores[Transcripciones de documentos sobre la Real Audiencia de Quito del Archivo General de Indias].
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- Pièce460 - [Al Presidente y oidores para que provean y den orden de que los jornales que los caciques han de pagar a los indios por los servicios prestados en las granjerías y otras estancias, sean pagados en presencia del clérigo o fraile de la doctrina, a fin de que no se cometan abusos]
- Pièce461 - [Al Presidente y oidores para que averiguen todo o concerniente a los servicios que ha prestado Lorenzo de Cepeda, a fin de que el repartimiento de indios que le sean entregados valgan y renten cada año lo que faltare para cumplimiento de 3.000 pesos y 450 maravedis cada uno]
- Pièce462 - [Prórroga para Lorenzo de Cepeda, quien partió para España por espacio de 3 años con la salvaguarda de que no se le quiten los indios y granjerías que posee y en el caso de que los haya perdido, le sean restituidos]
- Pièce463 - [Al Presidente y oidores para que tengan cuidado en remediar los daños que se causan a los indios de Ayavaca, jurisdicción de Piura, donde se les cobra excesivos pagos por la libranza en los pleitos con los españoles]
- Pièce464 - [Al Presidente y oidores para que guarden y hagan cumplir lo que en cédulas reales se ha proveído sobre los indios que trabajan en las granjerías]
- Pièce465 - [Al Presidente y oidores para que paguen a Diego de Navarrete 300 pesos y medio de plata que se le debe por haber tomado algunas residencias como Escribano Público y del Cabildo de la ciudad de Guayaquil]
- Pièce466 - [Prórroga de dos años para Diego Suárez de Figueroa, Escribano de Cámara de la Audiencia, quien partió a España, por espacio de dos años dejando en su oficio a su hermano Gaspar Suárez de Figueroa]
- Pièce467 - [Prórroga de un año para Rodrigo de Paz quien ha permanecido en España durante dos años, con la salvaguarda de que no se le quiten los indios y granjerías que posee y que como condición de esa prórroga entregue nuevamente otras fianzas]
- Pièce468 - [Al Presidente y oidores para que guarden la ordenanza relativa a las notificaciones que deben hacer los escribanos de cámara]
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