- FondsAMRE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Sous-fonds02 - Ministerio de Relaciones Exteriores
- SérieG.1 - LIMITES
- Sous-série6 - Misiones Especiales
- Dossier2.1 - 1563-1578. De Partes y Oficios. Fray Enrique Vacas Galindo de la Orden de Predicadores[Transcripciones de documentos sobre la Real Audiencia de Quito del Archivo General de Indias].
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- Pièce452 - [Al Presidente y oidores para que remedien los inconvenientes que surgen con la enajenación de las haciendas a la muerte de los indios, lo que produce desorden en la herencia de los hijos]
- Pièce453 - [Al Presidente y oidores para que presten toda la ayuda necesaria al Obispo, a fin de que pueda adoctrinar convenientemente a los indios]
- Pièce454 - [Al Presidente y oidores para que cumplan lo establecido en las cédulas reales sobre los excesos que causan los corregidores y justicia en los pueblos de los indios]
- Pièce455 - [Al Presidente y oidores para que cumplan lo proveído en cédula real acerca de los excesos que se causan por la existencia de tabernas que tienen los caciques y principales en los pueblos de indios]
- Pièce456 - [Título de Presidente de la Audiencia a Diego de Narváez, en reemplazo al Lcdo. García de Valverde, quien fuera nombrado Presidente de la Audiencia Real de la ciudad de Santiago en la provincia de Guatemala, con un salario de 4.000 pesos de 450 maravedis cada uno]
- Pièce457 - [Al presidente y oidores para que informen y vean lo que es más conveniente en el asunto de vejaciones y molestias que los caciques causan a los indios, por lo que se hace necesario que se realicen tasaciones a los caciques en todas las comunidades a fin de determinar lo que les corresponde en tributos]
- Pièce458 - [Al Presidente y oidores para que provean lo más conveniente para el buen tratamiento de los indios]
- Pièce459 - [Al Presidente y oidores para que prevean lo más conveniente, en el jornal que se ha de pagar a los indios que trabajan en la sierra y en los valles al servicio de las casas de los españoles
- Pièce460 - [Al Presidente y oidores para que provean y den orden de que los jornales que los caciques han de pagar a los indios por los servicios prestados en las granjerías y otras estancias, sean pagados en presencia del clérigo o fraile de la doctrina, a fin de que no se cometan abusos]
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